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Derecho de extranjería

La Ley de Extranjería es el nombre con el que se conoce la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre Derechos y Libertades de los Extranjeros en España y su Integración Social, modificada por las LO 8/2000, 14/2003 y 2/2009. Es la norma española que regula la entrada y estancia de los extranjeros extracomunitarios en el territorio español, así como los derechos y libertades que se les reconocen. La Ley comprende setenta y un artículos estructurados en cinco títulos. El Título Preliminar contiene disposiciones generales y los demás hacen referencia, respectivamente, a los derechos y libertades de los extranjeros, su régimen jurídico, las infracciones en materia de extranjería y el procedimiento sancionador y la coordinación de los poderes públicos.

Un buen abogado extranjería en España está continuamente en contacto con las personas y autoridades que conceden los permisos de residencia y revisan las solicitudes presentadas. Simplifica mucho su trabajo, el tener contacto directo con el abogado en caso de necesitar aclaraciones o documentación adjunta ya que ahorra mucho tiempo el no tener que pedir aclaración o documentos a la Embajada que tramitó la solicitud y esperar la respuesta.

Además el abogado de extranjería habla el mismo idioma tanto literal como figurativamente que los funcionarios que tramitan los documentos. El abogado de extranjería puede aportar documentación y aclaraciones rápidamente e in situ que en caso de duda por parte de las autoridades podrían constituir motivo denegación de la solicitud si él no estuviera en el procedimiento.

  • Autorizaciones y renovaciones residencia y trabajo: Tramitación de la documentación necesaria tanto para clientes comunitarios como de otros países.
  • Residencia no Lucrativa: Asesoramiento y tramitación de la Residencia No Lucrativa para extranjeros que no deseen trabajar en España.
  • Residencia para inversores: Todos los detalles para que el inversor pueda conseguir su visado, una vez realizada la inversión, con la máxima eficacia.
  • Reagrupación familiar: Estudio detallado de cada caso para poder tramitar la reagrupación en las mejores condiciones posibles.
  • Asilo y refugio: El derecho de asilo se concede a los que ostenten la condición de refugiados, es decir, a toda persona que debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas.
  • Regularización de Residencia por Arraigo social, laboral y familiar: Podrán regularizar su situación por ésta vía, aquellos extranjeros que acrediten una permanencia continuada en España durante un período mínimo, no tengan antecedentes penales, tanto en España como en su país de origen y acrediten vínculos familiares y laborales cuya duración no sea inferior a un año.

Oviedo
Nueve de mayo 11 - 5 izda
Oviedo
España

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