A finales del 2009 ya adelanté, al aprobarse la La Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, BOE de 4 de noviembre, que imposición obligatoria de abono de depósitos o tasas, sería el adelanto de un nuevo “impuesto judicial” que en aquel momento a penas fue comentado.